Construir tu casa en un terreno nuevo: entérate cómo y con qué ayuda estatal hacerlo | déficitcero
Construir tu casa en un terreno nuevo: entérate cómo y con qué ayuda estatal hacerlo
Octubre 16, 2023 Compartir

Construir tu casa en un terreno nuevo: entérate cómo y con qué ayuda estatal hacerlo

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En la Red de Información todo lo que hay que saber de la vivienda en Chile es importante; no hay preguntas que están demás, no hay respuestas obvias.

Creemos que es relevante que sepas todas las oportunidades que existen para acceder a una vivienda, mejorar la que tienes o bien, ampliarla para elevar tu calidad de vida y la de tu familia.

 

En ese sentido, si tu propósito es construir tu primera vivienda en un terreno nuevo, debes saber que existe el Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49, el cual abordamos la semana pasada, y que tiene una modalidad de postulación colectiva que permite la construcción de viviendas en terrenos nuevos y a su vez, el levantamiento de megaproyectos habitacionales.

 

¿Qué significa todo esto? Imagina que quieres construir una casa, pero no te alcanza la plata. El gobierno de Chile, sabiendo que hay muchos más en esta situación, crea el subsidio DS49 que permite postulaciones de grupos familiares de forma individual y de varios grupos familiares de forma colectiva. Éstos últimos son los que pueden optar a la construcción de sus viviendas en un terreno nuevo.

 

Dato: los proyectos habitacionales que se ajusten a las exigencias y posibilidades del DS49 modalidad colectiva para la construcción en nuevos terrenos, podrán construir entre 10 y 160 viviendas, incluyendo urbanización, equipamiento y la creación de áreas verdes. En el caso de Megaproyectos, podrán construirse hasta 600 viviendas.

 

¿Qué necesito para postular?

 

Tu familia deberá unirse a otras familias y juntas agruparse bajo un comité de vivienda con persona jurídica vigente o en trámite, o bien, bajo una cooperativa de vivienda. Para formalizar esta agrupación organizada, se firma un acta que reconoce a todos los integrantes, identificando a 3 representantes, quienes deberán ser integrantes del grupo y postular como tal al proyecto. 

 

En cuanto a los requisitos, se permite que parte del grupo postulante no esté dentro del 40% según el Registro Social de Hogares. Quiénes lo estén, deberán contar con un ahorro mínimo entre 10 UF y 30 UF (entre $365.000 y $1.100.000 aproximadamente), mientras que quienes estén entre el 50% y el 90% según el RSH, deberán tener un ahorro mínimo entre 15 UF y 35 UF (entre $550.000 y $1.300.000 aproximadamente).

 

Entidad Patrocinante: asesoría y acompañamiento en este proceso

 

​​El proyecto habitacional que se quiera levantar en el terreno nuevo, deberá contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante, una suerte de “guía” o “asesor” para las familias o grupos que busquen acceder al subsidio, encargada además de desarrollar el proyecto. Las entidades pueden ser un municipio, el Serviu, una inmobiliaria o una organización sin fines de lucro.

 

Si quieres conocer más detalles de la Entidad Patrocinante, te lo explicamos acá.

 

Una vez que sepas qué son y para qué sirven, puedes revisar la Nómina de Entidades Patrocinantes habilitadas por región.

 

¿Cuáles son los pasos a seguir en la postulación colectiva al DS49 modalidad construcción en nuevos terrenos?

 

  1. Conformación del comité / grupo postulante.
  2. Definición del terreno.
  3. Elección de la entidad patrocinante.
  4. Postulación del proyecto.
  5. Selección del proyecto.
  6. Construcción.
  7. Entrega de las viviendas.

 

En este sentido, existe un mecanismo para la adquisición de terrenos bien ubicados, la Glosa 10 (Ex-Glosa 12) que 

 

De este modo, las etapas de un proyecto habitacional que ocupa este mecanismo son:

 

  1. Postulación de grupo asociado a terreno factible
  2. Evaluación y selección
  3. Compra del terreno
  4. Desarrollo y postulación del proyecto
  5. Selección del proyecto.
  6. Entrega de las viviendas.

 

Requisitos del proyecto habitacional ajustándose a la Glosa 10:

 

  1. Ser una edificación de viviendas en altura
  2. Ubicarse en una zona urbana normada.
  3. Encontrarse a máximo 200 metros de zona de servicios.
  4. Encontrarse a máximo 1.000 metros de un establecimiento de educación prebásica y básica y máximo de 1.500 metros para el caso de establecimientos de educación media.
  5. Encontrarse a un máximo 1.500 metros de un establecimiento de salud.
  6. Cumplir con 4 indicadores de lo siguientes, o 5, para proyectos de más de 299 viviendas:

a). Encontrar una ciclovía a máximo 1.000 metros.

b). Equipamiento comercial, deportivo o cultural a máximo 2.500 metros.

c). Contar con áreas verdes de una o media hectárea o un parque a máximo 2.000 metros de distancia.

d). Contar con Bomberos a máximo 2.000 metros de distancia.

e). Metro o corredor de transporte público a máximo 1.000 metros de distancia.  

 

Para más información relativa a este llamado abierto hasta el 26 de octubre, ingresa aquí.

 

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