Subsidio D.S.01 abre llamado para organizaciones de trabajadores | déficitcero
Subsidio D.S.01 abre llamado para organizaciones de trabajadores
Abril 11, 2024 Compartir

Subsidio D.S.01 abre llamado para organizaciones de trabajadores

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Existe una alternativa de acceso a la vivienda dirigida a organizaciones de trabajadores y trabajadoras que se organicen frente a este propósito, ¿lo sabías?

 

Se trata del Subsidio habitacional regulado por el decreto supremo Nº1, más conocido como D.S.01, en su alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para un programa de vivienda para organizaciones de trabajadores.

 

¿A QUIÉNES SE DIRIGE ESPECÍFICAMENTE?

 

A trabajadores particulares, públicos o municipales, pertenecientes a los sectores socioeconómicos medios de la población, que estén agrupados colectivamente en un sindicato o asociación gremial, y a empleadores que deseen llevar adelante planes habitacionales con sus trabajadores.

En cualquier caso, los trabajadores deberán contar con capacidad de ahorro y posibilidad de acceder a un crédito hipotecario y/o, en caso de ser necesario, contar con aportes económicos adicionales. 

De esta forma se promueve el acceso colectivo a viviendas bien localizadas, con apoyo del Estado y también, de los empleadores.

 

¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE ESTE LLAMADO?

 


Se trata de un programa donde una empresa o institución entrega, transfiere o dona un terreno, mientras que las y los trabajadores corren con el ahorro y el Estado aporta al financiamiento del proyecto habitacional mediante el otorgamiento de subsidios, o donde las y los trabajadores postulan un proyecto habitacional que incluya el terreno para ser desarrollado por una entidad patrocinante.

 

¿Sabes lo que es una Entidad Patrocinante? Te lo explicamos con peras y manzanas en este video.

 

 

¿CUÁNTAS VIVIENDAS PODRÁ CONTEMPLAR UN PROYECTO HABITACIONAL DERIVADO DE ESTE LLAMADO?

 

Cada proyecto habitacional podrá levantar como máximo 300 viviendas y diversos tipos de éstas en cuanto a dimensiones, ¿para qué? Para favorecer la integración social entre hogares de distintos niveles socioeconómicos.

 

¿CUÁL ES LA DOCUMENTACIÓN QUE SE NECESITA EN EL CASO DE QUE EL EMPLEADOR APORTE EL TERRENO?

 

El empleador aportará el terreno en que se desarrollará el proyecto habitacional, como donación o transferencia a título gratuito al Serviu correspondiente o a la agrupación de trabajadores que postula al presente llamado. Para eso, deberán contar con la siguiente documentación:
 

  • Certificado de dominio vigente del terreno.
  • Certificado de hipotecas y gravámenes, de interdicciones y prohibiciones y litigios pendientes de 30 años, extendidos con no más de 90 días corridos de anticipación a la fecha de postulación.
  • Certificado de factibilidad de dación de servicios correspondientes, extendido por los organismos competentes.
  • Certificado de informaciones previas emitido por la Dirección de Obras Municipales respectiva.
  • Certificado de no expropiación municipal y/o Certificado de no expropiación de Serviu.

 

La gestión del proyecto podrá ser encargada a una empresa o entidad patrocinante externa, previo acuerdo de las partes, lo que deberá quedar estipulado en un convenio de trabajo.

 

¿Cuáles son los montos exigidos para el ahorro mínimo según cada tramo? ¿Cuál es el valor de la vivienda a la que podré acceder? ¿Cuál es el valor base del Subsidio? Pon atención a la siguiente tabla:

 

 

Si quieres profundizar aún más en este llamado, revisa la resolución aquí

 

Esta información te puede servir a ti, a un familiar, amigo, colega o conocido. Compártela y hagamos crecer esta Red de familias y personas que buscan acceder a una vivienda y ciudades dignas y adecuadas.