DS120: Leasing Habitacional | déficitcero
DS120: Leasing Habitacional
Diciembre 18, 2024 Compartir

DS120: Leasing Habitacional

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El Subsidio de Leasing Habitacional (DS.120) es una alternativa pensada para quienes pueden pagar un arriendo, pero no tienen la capacidad de generar el ahorro suficiente para postular a otros programas habitacionales. A través de este sistema, las familias pueden acceder a viviendas nuevas o usadas mediante un contrato de arriendo con promesa de compraventa, lo que les permite habitar la vivienda mientras la van pagando.

¿Cómo funciona?

  • Este programa permite arrendar una vivienda con la posibilidad de comprarla al finalizar el contrato:
  • Se accede a viviendas nuevas o usadas de hasta 2.000 UF, o hasta 2.200 UF en las regiones extremas (Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes y Provincia de Chiloé).
  • El contrato se celebra con una sociedad inmobiliaria de leasing habitacional.
  • Cada mes, el aporte cubre el arriendo y una parte se destina a pagar el precio final de la vivienda.
  • Una vez completado el precio prometido de venta, se firma el contrato de compraventa y la vivienda pasa a ser del arrendatario.

El programa otorga subsidios de distinto valor, dependiendo del precio de la vivienda, la región donde se ubique y si está dentro de zonas de renovación urbana, conservación histórica o desarrollo prioritario. Mientras más bajo es el precio de la vivienda, más alto es el monto del subsidio que el programa te entrega. 

 

Requisito para postular

  • Ser mayor de 18 años.
  • Estar inscrito en el Registro Único de Inscritos del Serviu.
  • No ser propietario de una vivienda, ni haber recibido antes otro subsidio habitacional (postulante ni cónyuge).
  • Contar con una Cuenta de Ahorro Leasing Habitacional (postulante o cónyuge).
  • No tener más de un contrato de arriendo con promesa de compraventa vigente.
  • La postulación es siempre individual.

 

Financiamiento

  • La vivienda se paga con el subsidio otorgado por el Estado, el aporte mensual del arrendatario y, eventualmente, con un aporte contado si lo solicita la inmobiliaria.
  • Este programa no exige ahorro previo, aunque sí se deben cubrir los trámites exigidos por la sociedad inmobiliaria.

 

OJO: Como el sistema funciona con intermediarios (las sociedades inmobiliarias), te recomendamos comparar bien las tasas y condiciones, ya que pueden ser más altas que un crédito hipotecario tradicional. ¡Infórmate!

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