Este beneficio está dirigido a personas y familias que cumplan con ciertos requisitos, y entrega un subsidio mensual que cubre una parte importante del valor del arriendo, ayudando a aliviar la carga económica y mejorar la calidad de vida de los hogares arrendatarios.
¿Quiénes pueden postular?
Se anunciaron dos tipos de postulación para el año 2026
Al llamado a postulación regular, pueden postular personas mayores de 18 años que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener RUT y cédula de identidad vigente.
- No ser propietario/a de una vivienda ni de un sitio habitacional.
- Contar con Registro Social de Hogares (RSH) actualizado, perteneciendo hasta el 70%.
- Acreditar ingresos formales entre 7 y 25 UF mensuales (el tope aumenta si el hogar tiene más de 3 personas).
- Tener un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda. Este debe ser depositado al menos 1 mes antes de la postulación.
Al llamado a postulación para personas mayores de 60 años, y personas con situación de discapacidad, pueden postular las personas que cumplen con las siguientes condiciones:
- Es necesario cumplir 60 años o más durante el año, o estar inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad.
- No ser propietario/a de una vivienda ni de un sitio habitacional.
- También se debe acreditar un ingreso mínimo de 5 UF mensual que puede ser, por ejemplo, una pensión u otro aporte económico constante del Estado.
- Se debe también contar con Registro Social de Hogares (RSH) actualizado, perteneciente hasta el 70%.
- No es necesario contar con ahorro ni cuenta de ahorro para la vivienda.
- No es necesario acreditar núcleo familiar, pueden postular personas solas.
¿Cuándo son las fechas para postular?
Del 7 de julio al 7 de agosto se podrá postular al llamado regular.
Del 8 de septiembre al 8 de octubre se podrá postular al llamado especial para personas mayores de 60 años y personas con discapacidad.
¿Cuál es el monto del subsidio?
- En el caso del subsidio regular, la ayuda puede cubrir entre 4,2 y 4,9 UF mensuales, dependiendo de la región.
- El valor máximo de la vivienda a arrendar es de:
- 11 UF en la mayoría de las regiones del país.
- 13 UF en zonas de mayor costo, como la Región Metropolitana, Magallanes, Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama y Aysén.
¿Qué pasa si ya recibiste un subsidio de arriendo antes?
- No puedes volver a postular al llamado general si ya usaste el subsidio anteriormente, a menos que no lo hayas aplicado, hayas renunciado voluntariamente y no tengas deuda pendiente con el Minvu.
- En el caso de adultos mayores y personas con discapacidad, pueden volver a postular aunque hayan tenido subsidio anteriormente, siempre y cuando no sean actualmente propietarios de una vivienda.
Qué otros beneficios incluye este subsidio?
- Mes de garantía: el subsidio puede cubrirlo, mediante un doble pago inicial.
- Reembolso de 1 UF: para cubrir gastos de formalización del contrato.
¿Cómo postular?
La postulación se podrá realizar:
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Si estás pensando en arrendar o ya tienes un contrato de arriendo y quieres saber cómo aplicar, esta puede ser una gran oportunidad.
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