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DS52: Subsidio de Arriendo
Diciembre 19, 2024 Compartir

DS52: Subsidio de Arriendo

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Acceder a una vivienda arrendada puede ser un desafío para muchas familias en Chile, especialmente frente al aumento constante de los precios. Para aliviar esta carga, el Estado ofrece el subsidio de arriendo DS 52, una herramienta que permite a los hogares financiar parte del costo mensual del arriendo y así mejorar su calidad de vida.

 

Este subsidio combina un aporte estatal con un copago del arrendatario y está diseñado para brindar apoyo durante un máximo de 8 años si se utiliza de forma fragmentada, o cerca de 3 años si se ocupa todos los meses de manera consecutiva. Además, contempla modalidades específicas para grupos prioritarios, como adultos mayores y personas con discapacidad. Aunque las postulaciones regulares para 2024 ya han finalizado, se esperan nuevos llamados en 2025.

 

¿Cómo postular al subsidio de arriendo?

Para postular al DS52, debes cumplir con ciertos requisitos y seguir un proceso definido por el Minvu y los requisitos principales son:

  • Ser mayor de 18 años con cédula de identidad vigente.
  • No ser propietario de una vivienda o sitio habitacional.
  • Contar con Registro Social de Hogares (RSH) actualizado, hasta el 70%.
  • Acreditar ingresos formales entre 7 y 25 UF mensuales (el máximo aumenta si el hogar tiene más de 3 integrantes). Si postulas al subsidio para adultos mayores o personas con discapacidad, el ingreso mínimo es de 5 UF mensuales.
  • Tener un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda. Si postulas al subsidio para adultos mayores o personas con discapacidad, no se exige ahorro.

 

Proceso de postulación:

Las postulaciones se realizan en la plataforma en línea arriendoenlinea.minvu.cl o en oficinas del Serviu.

 

Montos y aplicación del subsidio

El subsidio DS 52 cubre entre 4,2 y 4,9 UF mensuales dependiendo de la región. En casos de adultos mayores y personas con discapacidad, este monto puede alcanzar hasta el 95% del costo del arriendo. El valor máximo de la vivienda a arrendar es de 11 UF en la mayoría de las regiones, y de 13 UF en zonas como la Región Metropolitana, Magallanes, Arica y Parinacota, entre otras.

El copago lo realiza el arrendatario al Minvu durante los primeros días del mes, y el Minvu transfiere al arrendador el total del subsidio y el copago en un único pago mensual.

 

¿Qué beneficios adicionales incluye?

  • Mes de garantía: El subsidio puede cubrir este gasto, con un doble pago inicial.
  • Renovación automática: En el caso de adultos mayores y personas con discapacidad, el subsidio no caduca y se puede renovar.
  • Apoyo inicial: Se reembolsa 1 UF para cubrir costos asociados a los trámites y emisión del contrato.

 

Próximo llamado

Mantente atento a las fechas oficiales en el sitio del Minvu y en la Red por la Vivienda y la Ciudad, donde podrás encontrar más información y recursos para acceder a este beneficio.

 

Si estás interesado en este subsidio o necesitas orientación adicional, te invitamos a visitar nuestra web y redes sociales para explorar los cursos y guías disponibles. 

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