¡El D.S.49 no se detiene en postulaciones colectivas!
En otra nota te contamos sobre la postulación a este subsidio de manera colectiva para cooperativas de vivienda cerradas. En esta oportunidad, te hablamos de una oportunidad para quienes buscan levantar su hogar junto a más familias en un terreno nuevo.
Se trata de un llamado del Fondo Solidario de Elección de Vivienda D.S.49 que aplica para todas las comunas del país, sin excepción, destinado a familias vulnerables.
Tiene como objetivo reforzar el financiamiento para acceder a proyectos habitacionales de hasta 600 viviendas que se construyan en terrenos nuevos, aumentando el subsidio base y otras ayudas complementarias.
Un detalle no menor de este llamado es que establece procesos de selección diferenciados, dependiendo de los contextos que se viven en zonas extremas del país.
IMPORTANTE: los proyectos habitacionales podrán contemplar un máximo de 600 viviendas. Cuando se trate de megaproyectos habitacionales, éstos deberán dividirse en etapas en que podrán levantarse como máximo 160 viviendas.
Podrán funcionar como Entidades Patrocinantes (EP) y presentar proyectos:
Entidades Patrocinantes: ¿sabes lo que son? Si no tienes idea qué son las Entidades Patrocinantes y cuál es su utilidad en este trámite, te lo contamamos en el siguiente Diccionario de la Vivienda.
NOVEDAD: Este llamado Incorpora viviendas para arriendo
Del total de viviendas contempladas por el proyecto habitacional, un 20% podrá destinarse a arriendo a las familias que cumplen requisitos del D.S.52.
Ahorro mínimo requerido
Entre 10 y 15 UF según RSH, considerando el valor de la Unidad de Fomento al 1 de enero de 2024. Si no sabes qué es la UF y cómo se calcula, te lo contamos en el siguiente video:
Composición del núcleo familiar: ¡atención hogares unipersonales!
El Serviu podrá autorizar la inclusión de hasta un 5% de los integrantes del proyecto, con tope en 15 postulantes, que no acrediten núcleo familiar y que no estén contemplados en las excepciones señaladas en el D.S.49. Las condiciones son que se trate de personas que forman parte de grupos que requieren especial protección o que son vulnerados en sus derechos, tales como: mujeres, personas en situación de calle o que habitan en campamentos y disidencias sexo genéricas, lo cual, se acreditará mediante Informe Social de Serviu o del Municipio.
Se exige además que las personas pertenezcan hasta el 60% del Registro Social de Hogares y que su incorporación sea aprobada por la mayoría simple de la asamblea y consignada en un acta firmada por las personas que aprueban la solicitud.
Ojo con los cierres de este llamado
Los cierres son escalonados, fijados para los días 7 de marzo, 9 de abril, 16 de mayo, 24 de julio, 12 de septiembre y 21 de noviembre.
¿Te gustaría profundizar en el D.S.49 y en sus distintos llamados? ¡En abril se viene el taller Programas de Acceso a la Vivienda: Llamados colectivos del D.S.49!
Los talleres sobre Programas de Acceso a la Vivienda de Déficit Cero buscan entregar información, resolver dudas y generar un espacio de conversación en torno a los programas existentes del Estado y su funcionamiento.
Están dirigidos a dirigentes sociales, líderes comunitarios, y cualquier persona que se encuentre buscando acceder a una vivienda de interés público.
Los objetivos de este ciclo de talleres son:
Próximamente inscripciones abiertas.
Si quieres conocer más detalles, te invitamos a revisar la Revisa la Resolución 325 Exenta correspondiente a este llamado acá.