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DS49: Fondo Solidario de Elección de Vivienda
Diciembre 19, 2024 Compartir

DS49: Fondo Solidario de Elección de Vivienda

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El Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49 es un beneficio al que se puede postular de forma individual o colectiva, es decir, que se puede postular como núcleo familiar o conformando un comité o cooperativa de vivienda que reúna a varias familias.

 

I. Modalidad de postulación Individual.

 

En corto y simple, se dirige a hogares que buscan obtener o construir su primera vivienda. Se utiliza para pagar una vivienda, ya sea casa o departamento, nueva o usada, sin la ayuda de un crédito hipotecario.

También, se usa para pagar proyectos de construcción de viviendas en un terreno propio o para densificación predial, que es la construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades.

En esta modalidad individual, el DS49 se puede homologar con proyectos del subsidio DS19 de Integración Social. Es decir, si actualmente cuentas con el certificado de un subsidio, en este caso del DS49, pero aún no encuentras vivienda, dicho certificado puedes utilizarlo en algún proyecto DS19, con el fin de ampliar las opciones de búsqueda de viviendas de calidad. Asimismo, otro de los beneficios de la homologación es que puedes llegar a obtener un monto adicional al beneficio de la primera postulación. Con este monto adicional, las familias más vulnerables podrían cubrir la totalidad de su valor.

 

Los requisitos generales para postular al DS49 en modalidad individual son:

 

  1. Tener más de 18 años.
  2. Contar con cédula de identidad vigente. Para el caso de postulantes extranjeros, deberán acreditar su permanencia definitiva en el país.
  3. No ser propietario de otra vivienda, sitio o terreno destinado a fines habitacionales. Esto aplica para quien postula, su esposo/a, pareja, y para cualquier otro integrante del hogar que postula. Ojo, que para construir en un sitio propio, no existe este impedimento.
  4. Tener una cuenta de ahorro para la vivienda.
  5. Contar con un ahorro mínimo de 10 UF ($365.000 aproximadamente) el último día hábil del mes anterior a la postulación al subsidio. Este ahorro debe acreditarse firmando un mandato, con el cual el Minvu podrá hacer seguimiento de la cuenta de ahorro y usarla
  6. una vez entregado el subsidio.
  7. No haber recibido un subsidio habitacional anterior. Esto también aplica para quien postula, su esposo/a, pareja, ni otro integrante del hogar que postula.
  8. Estar en el Registro Social de Hogares (RSH) dentro del 40% más vulnerable. Si no sabes qué es el RSH, te lo contamos acá. 

 

Tal vez te puede interesar: Paso a paso para abrir una cuenta de ahorro y aplicar a un subsidio de vivienda

 

Ahora bien. Como en todo trámite, hay documentos que tener a mano y presentar. En este caso, son los siguientes:

 

  1. Tener cédula de identidad vigente. Las personas extranjeras deben además presentar su Certificado de Permanencia Definitiva.
  2. Formulario de Declaración de Núcleo Familiar y de No Propiedad Habitacional, en el cual, se incluyen todas las personas que componen el núcleo familiar que habitará la vivienda, declarando que ninguna de éstas es propietaria de otra vivienda, está postulando a otro subsidio o que ya sea beneficiaria de uno.
  3. Formulario Declaración Jurada Simple de Postulación, en la cual, se promete que toda la información entregada en la postulación es verdadera, que la vivienda postulada será habitada por la familia declarada en el documento anterior y que en caso de ganarse el subsidio, no podrá ser arrendada ni vendida en un plazo de 5 años.

 

Luego de revisar toda esta información, hay que preguntarse: ¿cuál es el monto máximo de una vivienda nueva o usada que podría financiar este subsidio? Según el llamado 2022, entre 1.300 y 1.400 UF (entre $47.100.000 y $50.700.000) dependiendo de la región en la que se postule.

 

¿Dónde y cómo postulo?

 

Puedes hacerlo de forma virtual o presencial. Si eliges la forma virtual, debes ingresar con tu Clave Única acá y presentar los documentos nombrados más arriba en formato digital. Si optas por la vía presencial, debes dirigirte a las Oficinas de Atención Presencial del Serviu.
 

Mientras esperamos la apertura de un nuevo llamado para quienes buscan postular de forma individual, puedes encontrar más detalles sobre el llamado del año 2022 en este enlace.

 

¿Qué podría impedir que tú, tu pareja y las personas declaradas como integrantes de tu núcleo familiar puedan postular? 

 

  1. Ser propietario de una vivienda, de una infraestructura sanitaria o de un sitio o terreno con destino habitacional. Esto no aplica en el caso de construir en un sitio propio.
  2. Tener un certificado de subsidio habitacional vigente con excepción de un subsidio de arriendo DS52.
  3. Estar postulando a cualquier otro programa habitacional. 

 

¿Qué pasa con las personas que no integran una familia y quieren acceder solas a una vivienda?

 

Dado que este beneficio va orientado a familias, hay excepciones, como ser una persona en situación de discapacidad acreditada por la Compin e inscrita en el Registro Nacional de Discapacidad

 

  1. Adultos mayores que tengan 60 años o más.
  2. Personas que pertenezcan a uno de los 10 pueblos originarios reconocidos en Chile, acreditadas por el certificado que entrega CONADI.
  3. Personas reconocidas en el Informe Valech.
  4. Personas viudas.

 

II. Modalidad de postulación colectiva.

 

Se llama modalidad de postulación colectiva porque varios núcleos familiares se unen para hacer una sola postulación como grupo organizado, ya sea en un comité de vivienda o en una cooperativa de vivienda abierta o cerrada.

Esta modalidad tiene como objetivo financiar proyectos habitacionales de construcción en nuevos terrenos con un mínimo de 10 y un máximo de 160 viviendas, o bien, megaproyectos de hasta 600 viviendas, que se podrán levantar por etapas de máximo 160 viviendas.

 

¿Quiénes pueden postular?

 

A diferencia de la modalidad individual, la colectiva permite que una parte del grupo postulante no esté dentro del 40% según el Registro Social de Hogares. Quiénes lo estén, deberán contar con un ahorro mínimo entre 10 UF y 30 UF (entre $365.000 y $1.100.000 aproximadamente), mientras que quienes estén entre el 50% y el 90% según el RSH, deberán tener un ahorro mínimo entre 15 UF y 35 UF (entre $550.000 y $1.300.000 aproximadamente).

Una particularidad de esta modalidad de postulación a través de comités o cooperativas de viviendas, es que el proyecto habitacional se desarrolla en conjunto con una Entidad Patrocinante, que puede ser un municipio, el Serviu, una inmobiliaria o una organización sin fines de lucro.

Si quieres saber qué es una Entidad Patrocinante, revisa aquí el Diccionario de la Vivienda.

 

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